️ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS RIVERA DE GATA INFORMA SOBRE NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS REACTIVA INNOVACIÓN DE LA EXCMA .DIPUTACIÓN DE CÁCERES

OBJETO: NORMAS REGULADORAS “ReActiva INNOVACIÓN, TRANSFORMACIÓN DIGITAL PYMES” PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A LAS EMPRESAS, AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS, DE MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, PARA LA INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS EMPRESAS, ASÍ COMO LA IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS QUE FACILITEN EL TELETRABAJO DEBIDO AL COVID-19

BENEFICIARIOS: Los/as autónomos/as y las pequeñas empresas de la provincia de Cáceres, con el domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en municipios de menos de 20.000 habitantes o entidades locales menores de la provincia de Cáceres.

GASTOS SUBVENCIONABLES: Se considerarán gastos subvencionables aquellos realizados desde el 14 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor del estado de alarma y hasta el 14 de marzo de 2021, consistentes en la adquisición y, en su caso, instalación de los tipos de equipos o bienes que se relacionan a continuación, todos ellos de carácter inventariable y no fungibles ni desechables, destinados de forma indubitada a la implantación de medidas para la innovación y transformación digital de las empresas, así como la implantación de medidas que faciliten el teletrabajo

1. Serán subvencionables las actuaciones de mejora competitiva en base a la digitalización tanto de los procesos productivos como de los procesos comerciales y posteventa mediante la implantación, entre otras de:

  • · Tecnologías de ciberseguridad.
  • · Teletrabajo y teleasistencia.
  • · Monitorización remota.
  • · Automatización.
  • · Robótica colaborativa, realidad virtual y aumentada, fabricación aditiva, inteligencia artificial, big data.
  • · Cloud computing.

2. Serán subvencionables los gastos en inversiones de equipamiento y en sofware específicos que sean necesarios para conseguir la digitalización, entre otros de:

  • · Ordenadores.
  • · Tablets.
  • · TPV.
  • · PDAS.
  • · Almacenamiento externo.
  • · Licencias software.
  • · Amplificadores o repetidores de seña WIFI.
  • · Máquinas para crear o reproducir piezas o maquetas volumétricas a partir de un diseño hecho por ordenador.
  • · Otras de igual naturaleza y para el mismo fin.

Se tratará de adquisiciones en elementos nuevos, directamente relacionados con los fines referidos.

CUANTÍA: El importe máximo de la subvención será de 3.500€ por autónomo, profesional o empresa, excluido el IVA y serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que la suma de ambas No supere el coste total.

PLAZOS:

PLAZO DE SOLICITUD: El plazo para la presentación de la solicitud será desde el día siguiente a la publicación de las Normas en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 10 de diciembre de 2020.

PLAZO DE EJECUCIÓN: Los gastos objeto de estas ayudas han de realizarse entre el 14 de marzo de 2020 hasta el 14 de marzo de 2021.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 14 de junio de 2021.


SISTEMA DE TRAMITACIÓN:

Telemáticamente, en todas las fases del procedimiento, a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres en la dirección: ( Acceso con certificado digital)

https://sede.dipcaceres.es