⬇️⬇️⬇️ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS RIVERA DE GATA INFORMA SOBRE NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS REACTIVA INNOVACIÓN DE LA EXCMA .DIPUTACIÓN DE CÁCERES⬇️⬇️⬇️
OBJETO: NORMAS REGULADORAS “ReActiva INNOVACIÓN, TRANSFORMACIÓN DIGITAL PYMES” PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A LAS EMPRESAS, AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS, DE MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, PARA LA INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LAS EMPRESAS, ASÍ COMO LA IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS QUE FACILITEN EL TELETRABAJO DEBIDO AL COVID-19
BENEFICIARIOS: Los/as autónomos/as y las pequeñas empresas de la provincia de Cáceres, con el domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en municipios de menos de 20.000 habitantes o entidades locales menores de la provincia de Cáceres.
GASTOS SUBVENCIONABLES: Se considerarán gastos subvencionables aquellos realizados desde el 14 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor del estado de alarma y hasta el 14 de marzo de 2021, consistentes en la adquisición y, en su caso, instalación de los tipos de equipos o bienes que se relacionan a continuación, todos ellos de carácter inventariable y no fungibles ni desechables, destinados de forma indubitada a la implantación de medidas para la innovación y transformación digital de las empresas, así como la implantación de medidas que faciliten el teletrabajo
1. Serán subvencionables las actuaciones de mejora competitiva en base a la digitalización tanto de los procesos productivos como de los procesos comerciales y posteventa mediante la implantación, entre otras de:
- · Tecnologías de ciberseguridad.
- · Teletrabajo y teleasistencia.
- · Monitorización remota.
- · Automatización.
- · Robótica colaborativa, realidad virtual y aumentada, fabricación aditiva, inteligencia artificial, big data.
- · Cloud computing.
2. Serán subvencionables los gastos en inversiones de equipamiento y en sofware específicos que sean necesarios para conseguir la digitalización, entre otros de:
- · Ordenadores.
- · Tablets.
- · TPV.
- · PDAS.
- · Almacenamiento externo.
- · Licencias software.
- · Amplificadores o repetidores de seña WIFI.
- · Máquinas para crear o reproducir piezas o maquetas volumétricas a partir de un diseño hecho por ordenador.
- · Otras de igual naturaleza y para el mismo fin.
Se tratará de adquisiciones en elementos nuevos, directamente relacionados con los fines referidos.
CUANTÍA: El importe máximo de la subvención será de 3.500€ por autónomo, profesional o empresa, excluido el IVA y serán compatibles con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que la suma de ambas No supere el coste total.
PLAZOS:
PLAZO DE SOLICITUD: El plazo para la presentación de la solicitud será desde el día siguiente a la publicación de las Normas en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 10 de diciembre de 2020.
PLAZO DE EJECUCIÓN: Los gastos objeto de estas ayudas han de realizarse entre el 14 de marzo de 2020 hasta el 14 de marzo de 2021.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 14 de junio de 2021.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN:
Telemáticamente, en todas las fases del procedimiento, a través de la sede electrónica de la Diputación de Cáceres en la dirección: ( Acceso con certificado digital)
https://sede.dipcaceres.es