Beneficiario: Microempresas (menos de 10 personas trabajadoras y facturación anual inferior a 2 millones de euros), las personas trabajadoras autónomas, los/as profesionales colegiados/as, comunidades de bienes, sociedades civiles y las uniones temporales de empresas.
Cuantía: 1.254€ mensuales durante un periodo de 6 meses por cada contratación realizada
Plazo: Dos meses contados a partir de la fecha de inicio de la contratación objeto de la subvención.
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Podrán ser objeto de subvención las contrataciones que se realicen con personas desempleadas que carezcan de ocupación laboral en Vida Laboral y que se dé en el momento de la contratación alguna de estas dos circunstancias:
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– La finalización del anterior contrato se haya producido durante la vigencia del Estado de Alarma o con posterioridad a la finalización de dicho Estado.
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– Estar inscrito como desempleado del SEXPE.
Podrán ser subvencionables las contrataciones que se recogen en el punto anterior, y que se hayan formalizado dentro del periodo de 6 meses a contar desde la fecha del 14 de marzo de 2020
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