⬇⬇⬇ Ayudas para la reactivación y mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras asalariadas a cargo de personas trabajadoras autónomas o de microempresas incluidas en expedientes de regulación temporal de empleo También de la Junta de Extremadura y entrarán en vigor a partir del 12 de mayo y habrá dos meses para solicitarlas.
1. En el caso de personas trabajadoras autónomas, estar afiliadas y en situación de alta en el RETA y tener contratada por cuenta ajena, al menos, a una persona trabajadora asalariada, en la fecha de la declaración del Estado de Alarma, habiendo mantenido esta situación hasta el momento de la solicitud de la ayuda, haber tramitado un expediente de regulación de empleo para alguno o la totalidad de sus asalariados y que durante el ejercicio 2019 hayan obtenido rendimientos netos de su actividad económica o profesional inferiores a 55.000 euros
2.-En el caso de microempresas, estar en situación de alta en su actividad y tener contratada al menos a una persona trabajadora y menos de 10, en la fecha de la declaración del estado de alarma, habiendo mantenido esta situación hasta el momento de la solicitud de la ayuda, haber tramitado un expediente de regulación de empleo para alguno o la totalidad de sus asalariados y que durante el ejercicio 2019 la base imponible del impuesto de sociedades sea inferior a 40.000 euros.
Importe
El Importe de la ayuda será de 950,00.-€, por cada persona trabajadora asalariada contratada a jornada completa afectada por el ERTE, con uno de los siguientes límites máximos:
— Hasta el 50 % de la plantilla.
— Hasta 5 contratos subvencionados.
— Hasta 4.500 € de subvención por beneficiaria.
Una vez terminada finalizada la vigencia de los ERTE y reiniciada la actividad, deben mantener todos los contratos de los trabajadores que son objeto de la presente subvención durante, al menos, 1 mes.