▶️▶️▶️⬇️⬇️ABIERTA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL COMERCIO 2020
BENEFICIARIOS
Pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A del Decreto 241/2013, de 23 de diciembre.
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GASTOS ELEGIBLES
Tendrán la consideración de elegibles, las siguientes categorías de gastos:
a) Las obras de reforma del local y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo.
b) La adquisición de mobiliario.
c) La adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad.
d) La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas.
e) La adquisición de terminales del punto de venta.
f) La adquisición de programas de gestión.
g) Los gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes.
h) Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético.
i) Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.
j) Inversiones para mejorar y optimizar la iluminación interior y exterior del establecimiento comercial.
El proyecto de inversión deberá contemplar la adquisición de un terminal punto de venta, salvo en el caso de que ya dispusiera de él, en cuyo caso deberá ser acreditado.
INTENSIDAD DE LA AYUDA
Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por establecimiento de 20.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES
Serán admitidas las solicitudes presentadas hasta el 20 de Febrero de 2020, inclusive.
*▶️▶️▶️ MÁS INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE ESTAS AYUDAS: ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS RIVERA DE GATA: 927147388