convocatoria de subvenciones para el fomento de iniciativas, actividades o proyectos emprendedores – Diputación Emprende II 2019.

DESTINARIOS

Personas físicas que pongan en marcha actividades económicas, negocios o pequeñas empresas, o impulsen nuevas líneas de actividad en contra del despoblamiento y en apoyo al desarrollo de las comarcas, así como autónomos ya en ejercicio que necesitasen realizar inversiones en sus negocios para su puesta al día, modernización y mejora a fin de consolidar su actividad emprendedora, en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes y en las entidades locales menores de la provincia de Cáceres, que se indican en el anexo.

LÍNEAS DE FINANCIACIÓN

Las ayudas de la Diputación Provincial de Cáceres se distribuirán en las siguientes líneas de financiación:

A1) Inicio de Actividad: podrán solicitar esta línea de subvención todas aquellas personas que inicien una actividad como trabajadores autónomos, siempre y cuando no hayan causado baja en el Régimen correspondiente en los seis meses anteriores a la solicitud de subvención, y no hayan sido beneficiarios de subvención en la anterior edición del Plan Emprende.

A2) Cambio/Ampliación de Actividad: podrán solicitar esta línea de subvención todas aquellas personas que habiendo puesto en marcha una actividad con anterioridad a la publicación de esta Convocatoria, decidan ampliar la actividad iniciada mediante la realización de actividades profesionales complementarias (deberán darse de alta en un nuevo epígrafe del IAE), siendo necesario que no hubieran estado de alta en ese epígrafe anteriormente, y no hayan sido beneficiarios de subvención en la anterior edición del Plan Emprende.

A3) Inversión para consolidación de actividad: podrán solicitar esta línea de subvención las personas autónomas que, estando ya dados de alta en el momento de la publicación de la convocatoria, y no habiendo sido beneficiarios de subvención en la anterior edición del Plan Emprende, necesitasen realizar inversiones en la actividad desarrollada para su mejora y consolidación. La inversión a realizar deberá estar claramente relacionada con la actividad a desarrollar. Se financiará el 50% de la inversión a realizar, con el límite máximo indicado en la base segunda, esto es, 5.000,00 €.

En la solicitud deberá hacerse constar claramente la línea de subvención a la que se acoge la persona solicitante.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, no admitiéndose las presentadas fuera de plazo.

MÁS INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN DE ESTAS AYUDAS EN ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS RIVERA DE GATA ( 927147388// INFO@ARIGATA.ES)