AYUDAS A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA -ABIERTAS HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2018

Contratación Indefinida

ORDEN de 13 de marzo de 2018 por la que se aprueba la convocatoria 2018 de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida a través de dos programas:

Programa I: Subvenciones por realización de contrataciones indefinidas iniciales

Programa II: Transformaciones de contratos temporales en indefinidos

Decreto 87/2016, de 28 de junio, establece las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Beneficiarios

Empresas, profesionales colegiados, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro comunidades de bienes, sociedades civiles y uniones temporales de empresas.

Plazo de presentación de solicitudes

Plazo de presentación de solicitudes es desde el 2 de abril hasta el 30 de noviembre de 2018. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto de los beneficios.

Cuantía de las ayudas

Programa I por contratación indefinida a tiempo completo será:

7.500 euros para las mujeres.

7.000 euros para los hombres que se encuentren en los siguientes grupos de población:

– Menores de 30 años.

– De 52 o más años.

– Parados de larga duración.

– Extremeños que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los cuatro años anteriores a la fecha de inicio del contrato objeto de subvención.

– Que hayan finalizado en los doce meses anteriores a la fecha de inicio del contrato objeto de subvención, su participación en algún proyecto innovador y de fomento del empleo, en el ámbito local.

– Que hayan finalizado en los doce meses anteriores a la fecha de inicio del contrato objeto de subvención, su participación en alguno de los siguientes programas, subvencionados y financiados por el SEXPE:

›Programas de Empleo Público.

›Prácticas no laborales de los Programas de Formación en Alternancia para el Empleo.

›Programas de ayudas a la contratación temporal.

5.500 euros euros para hombres de 30 a 51 años.

Programa II, por transformación de contratos temporales será:

5.000 euros para mujeres.

3.500 euros para hombres

Estas cuantías se incrementarán en un importe de 1.000 euros cuando el puesto de trabajo subvencionado se cree en localidades de menos de 5.000 habitantes.

Se establece una cuantía global por cada programa de ayudas, independientemente de las características de cada contratación, equivalente al máximo de las cuantías que puedan ser concedidas en cada programa incrementadas en 1.000 euros cuando se trate de empresas en las que concurra la Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de Género. Esta cuantía se otorgará una única vez para cada empresa beneficiaría y no por cada expediente solicitado.

Estas cuantías serán minoradas, en los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial, proporcionalmente a la jornada que figure en el contrato de trabajo.
Estas ayudas son compatibles con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social, reguladas por leyes estatales.

Más información y tramitación de estas ayudas: Asociación de Empresarios «Rivera de Gata»