ABIERTA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO HASTA EL DÍA 6 DE JUNIO DE 2016.

La Consejería de Educación y Empleo ha publicado , el pasado martes, día 17 de Mayo, la Orden de 4 de Mayo de 2016, por la que se convocan estas subvenciones, que tienen por objeto el fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2016.

1.Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y realicen las inversiones objeto de subvención en centros de trabajo situados en Extremadura.
Asimismo podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, cumplan los requisitos enumerados en el artículo 3 del Decreto 37/2016, de 15 de marzo, y puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención

2.Actuaciones y gastos subvencionables: Adquisición de plataformas de trabajo elevadoras móviles de personal; Sustitución de andamios de trabajo por sistemas de andamios modulares, certificados según normas europeas, con destrucción o achatarramiento acreditado por gestor de residuos autorizado de los andamios sustituidos; sustitución de máquinas instaladas en centros de trabajo de la empresa que solicita la subvención, con una antigüedad superior a 10 años desde la fecha de fabricación, por máquinas nuevas que se utilicen para operaciones similares, con destrucción o achatarramiento de las máquinas sustituidas por gestor autorizado; sustitución por deterioro o para conseguir una mejora de las condiciones de seguridad en el trabajo, de recipientes a presión y depósitos de almacenamiento de fluidos combustibles o productos químicos peligrosos, con destrucción o achatarramiento de las máquinas sustituidas por gestor autorizado;Instalaciones y sistemas para el control en el origen de agentes químicos peligrosos y agentes cancerígenos o mutágenos en los centros de trabajo de la empresa que solicita la subvención; inversiones que se realicen para adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad:inversiones para la mejora de las condiciones de trabajo de trabajadoras embarazadas o en período de lactancia; adquisición de equipos para evitar o reducir la manipulación manual de cargas por los trabajadores ; retirada de materiales como amianto, siempre que dichos materiales no sean residuos generados en los procesos que se realicen en la propia empresa y la actividad de la empresa no incluya la retirada de este tipo de materiales, su transporte, gestión y/o almacenamiento.A todo esto, habrá que unir como objeto de subvención las cantidades abonadas a las empresas proveedoras por el transporte e instalación de equipos nuevos instalados en el centro de trabajo y los gastos derivados del achatarramiento y destrucción, así como desmontaje, transporte y depósito y costes de gestión de residuos de elementos sustituidos y gastos derivados de eliminación de materiales con amianto en los centros de trabajo.

3.Plazo para realizar inversiones: Desde el mismo día de la publicación de esta Orden y hasta el 30 de septiembre, que será la fecha final de justificación de las inversiones.

4. Cuantía: 50% del coste de la inversión subvencionable, hasta un máximo de 4.000€, por beneficiario.

5.Plazo para presentar ayuda: Hasta el 6 de junio del cte.

Estas ayudas son de concurrencia competitiva.

Más información y tramitación de estas ayudas: Asociación de Empresarios Rivera de Gata