ORDEN de 14 de octubre de 2015 por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la conciliación de la vida familiar, personal y laboral de las personas trabajadoras autónomas y empleadores de las personas empleadas de hogar, al amparo del Decreto 116/2012, de 29 de junio.

Acción subvencionable.
1. La subvención contemplada en este programa se concederá a las personas trabajadoras autónomas que, por motivos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad y riesgo durante la lactancia, así como en los supuestos de adopción o acogimiento preadoptivo o permanente, contraten a personas desempleadas que las sustituyan para poder disfrutar de los correspondientes periodos de descanso.

Cuantía de la ayuda.
La cuantía de la subvención destinada a la contratación para el mantenimiento de la actividad de la persona trabajadora autónoma será, el equivalente al coste salarial y de seguridad social derivado de la contratación efectuada con el límite de 1.000 euros al mes.

Plazo de vigencia y presentación de solicitudes.

La vigencia de la presente convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes, se extenderá desde su entrada en vigor hasta el 31 de mayo de 2016

Beneficiarios.
Serán beneficiarios de las ayudas contempladas en el Programa I, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 116/2012, de 29 de junio, las personas trabajadoras autónomas cuya actividad y centro de trabajo radique y se mantenga en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se desarrolle de forma individualizada, sin dependencia de empresas constituidas mediante formulas jurídicas de sociedades mercantiles, sociedades cooperativas o laborales que adopten la forma de comunidades de bienes o sociedades civiles.