ABIERTA NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA CONTRATACIÓN DE DESEMPLEADOS 2015-2016-ABIERTAS HASTA EL 27 DE MAYO DE 2016

El Decreto 100/2015, de 19 de mayo de 2015 modifica el Decreto 79/2014, de 20 de mayo 2014, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación de desempleados por empresas de Extremadura y se publica la ORDEN de 19 de mayo de 2015 (D.O.E núm. 100, de 27 de mayo de 2015).

Mediante esta orden se convocan estas ayudas para los ejercicios 2015-2016 destinadas a incentivar y fomentar la contratación de desempleados inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Extremeño Público de Empleo.

OBJETO

Fomento de la contratación de desempleados por un periodo inicial mínimo de seis meses o doce meses, entendiendo como desempleado, la persona inscrita como demandante en el Servicio Extremeño Público de Empleo, que a la fecha de presentación de la oferta de empleo y a la fecha de contratación, la situación laboral de su demanda de empleo sea la de desempleado o agrario.

PROGRAMAS Y CUANTÍAS

Programa I: Contrataciones con duración máxima subvencionable de seis meses, 1.500 €

Programa II: Contrataciones con duración máxima subvencionable de seis meses de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil , en el marco del Programa de Garantía Juvenil, o contrataciones de mayores de 45 años, 2.000 €

Programa III: Contrataciones con duración máxima subvencionable de doce meses, 3.000 €

Programa IV: Contrataciones con duración máxima subvencionable de doce meses de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil , en el marco del Programa de Garantía Juvenil o contrataciones de mayores de 45 años, 4.000 €

En el Programa V: los contratos suscritos con desempleados perceptores de renta básica, 2.000 €

NOVEDADES

Se introducen como nuevos colectivos prioritarios la contratación de mayores de 45 años y a los preceptores de renta básica.

PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones, será de dos meses a contar desde la fecha de inicio de los contratos o de la transformación objeto de subvención.

MÁS INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN GRATUITA DE ESTAS AYUDAS: FEC/ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS RIVERA DE GATA