FINALIZA EL PLAZO PARA PRESENTAR AYUDAS AL TURISMO EL PRÓXIMO DÍA 1 DE FEBRERO

Inicio convocatoria: 03/01/2015 Final convocatoria: 01/02/2015
Organismo otorgante:
Cnj. Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo / Junta de Extremadura
Acciones subvencionables:
Ayudas para fomentar la calidad el sector turístico, para elevar el nivel de infraestructuras turísticas y la prestación de servicios con mayor valor añadido.

Las ayudas se estructuran en las siguientes líneas:

Alojamientos Rurales.
Balnearios.
Fomento de la Calidad de Alojamientos y Restauración:
Alojamientos turísticos hoteleros.
Alojamientos turísticos extrahoteleros.
Establecimientos de restauración.
Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación Turística:
Empresas de intermediación turística.
Empresas de actividades turísticas alternativas.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la ayuda:
Ayuda máxima: 50,00 % ,hasta 50.000,00 €
Gastos subvencionables:
Serán subvencionables: construcciones; trabajos de proyecto y dirección facultativa; mobiliario y decoración integral que mejore sustancialmente la calidad; equipos y aplicaciones informáticas para procesos de gestión, información y comercialización; maquinaria e instalaciones; aparatos elevadores.
NO serán subvencionables: inversiones correspondientes a creación de balnearios y de nuevas empresas turísticas; gastos de construcción o reforma del local, en el caso de creación de centrales de reservas o agencias de viajes; mantenimiento, reparación o conservación de los establecimientos; gastos generados por personal propio.

Información adicional:
BENEFICIARIOS: para el caso 1, hoteles rurales, apartamentos rurales, casas rurales y chozos turísticos.
Para el caso 2, balnearios.
Para el caso 3.1, hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales y pensiones.
Para el caso 3.2, apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
Para el caso 3.3, restaurantes, cafeterías, empresas de catering y salones de banquetes.
Para el caso 4.1, agencias de viajes y centrales de reservas.
Para el caso 4.2, empresas de actividades turísticas alternativas.
En todos los casos, los beneficiarios deben tener domicilio social y fiscal en Extremadura.

CUANTIA: el importe y porcentaje máximos de ayuda son límites por proyecto.
Estas ayudas están sometidas al régimen de mínimis (máx. 200.000 euros de ayuda por beneficiario durante tres años).

COMPATIBILIDAD: las ayudas serán incompatibles con otras para la misma finalidad.