La concesión administrativa de una farmacia se podrá vender libremente como le ha dicho el Tribunal Constitucional a Extremadura, pero una nueva ley autonómica obligará a que esa operación se refleje en una escritura pública en la que conste el precio, y a que el documento se inscriba en el Registro de la Propiedad.

La concesión administrativa de una farmacia se podrá vender libremente como le ha dicho el Tribunal Constitucional a Extremadura, pero una nueva ley autonómica obligará a que esa operación se refleje en una escritura pública en la que conste el precio, y a que el documento se inscriba en el Registro de la Propiedad.

Con cierto retraso, debido a largas conversaciones y negociaciones con los colegios farmacéuticos de Badajoz y Cáceres, el Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer el anteproyecto de Ley de Farmacia de Extremadura, que viene a sustituir a la de Atención Farmacéutica de junio de 1996.

Aquel texto se promulgó en un ambiente no precisamente amigable entre el Gobierno extremeño y parte de los empresarios farmacéuticos. Fue rápidamente rectificado por una ley nacional del PP y recurrido por el Gobierno de Aznar al Tribunal Constitucional, que en 2003 dictó sentencia en contra de algunos apartados de la ley extremeña.

Ahora un nuevo texto se adapta a aquella sentencia y a la realidad, y nace con el apoyo de los colegios farmacéuticos dado que «su articulado refleja una clara vocación de servicio a la comunidad» y «han sido atendidas numerosas sugerencias y alegaciones de las efectuadas al borrador por parte de los Colegios», dijeron éstos en un comunicado, satisfechos porque «otorga al farmacéutico un prominente papel como integrante del sistema sanitario público de Extremadura».

Hacer hipotecas

La ley de 1996 prohibía vender o ceder la farmacia más de una vez. En la aprobada ayer y que ahora será tramitada por la Asamblea de Extremadura se permite la libre transmisión pero con una cautela, que es su inscripción en escritura pública y en el Registro de la Propiedad. Con esto según fuentes de la Junta se conserva el espíritu del primitivo texto de permitir a titulados farmacéuticos sin gran fortuna económica acceder a la actividad porque al ser inscribible y registrable la farmacia se podrá hipotecar y, con su actividad, irla pagando.

Habrá un precio mínimo pero sólo a efectos fiscales y que fijará en el futuro un decreto; ese precio estará relacionado con la facturación anual, pero queda por decidir si equivaldrá a la misma, a 1,2 veces…

Sólo se podrá vender la farmacia cuando hayan pasado tres años bajo el mismo titular.

Cuando por aumento se población se creen nuevas boticas, éstas se cubrirán por concurso de traslado entre los farmacéuticos de la localidad, y las que dejen vacantes saldrán a concurso público.

La farmacia sigue siendo una autorización administrativa que concede la Junta y que caduca cuando el titular cumple 70 años; si a la entrada en vigor de esta nueva ley alguno de esa edad no la ha podido transmitir tendrá 18 meses de gracia para hacerlo.

Los colegios de boticarios se han ofrecido a la Asamblea de Extremadura para colaborar en la tramitación parlamentaria «con la intención de que la población extremeña tenga garantizada y siga recibiendo la mejor asistencia sanitaria».

Radiodiagnóstico

También en materia de Sanidad el Consejo autorizó ayer la contratación del suministro e instalación de equipos de radiodiagnóstico en los hospitales de Mérida, Zafra y Don Benito