A partir de ahora, las ventas en rebajas podrán tenr lugar en los períodos estacionales de mayor interés comercial, según el criterio de cada comerciante.La duración de cada período de rebajas será decidido libremente por cada comerciante.

Eso sí, la regla general sigue siendo la no apertura de establecimientos comerciales de más de 300 m2 en domingos y festivos; a partir de 2013, sólo se les permitirá abrir en diez domingos y festivos, ochoson determinados por las Comunidades Autónomos y los otros dos por los restantes Ayuntamientos.

Los ocho festivos establecidos por Extremadura para el año 2013 son: 7 de enero; 28 de marzo; 8 de septiembre; 12 de octubre; 8 de diciembre; 15 de Diciembre; 22 de diciembre y 29 de diciembre.

OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE EN MATERIA DE REBAJAS:

1.Deben ser artículos de campaña; no pueden estar deteriorados y non pueden haberse adquirido específicamente para ser vendidos a un precio inferior al ordinario.

2.Deben Exponer la duración de las rebajas, según el criterio de cada comerciante, en sitio visible , incluso cuando permanezcan cerrados.

3.Separar con claridad los productos rebajados , respecto de los que no lo están.

4.Si dentro de un mismo establecimiento existen productos rebajados y productos ofertados bajo otra modalidad promocional ( saldos, promociones, etc) deben estar diferenciados claramente.

5.Las condiciones contractuales de las rebajas deben ser las mismas que las existentes con anterioridad al período de rebajas ( plazos de devolución, medios de pago, canje de vales,reparaciones, arreglos, etc).Cuando se modifique cualquiera de estas condiciones durante el período de rebajas, deberá publicitarse expresamente con idéntica relevancia y en el mismo lugar donde aparezca anunciada la información referente a la modificación de la condición contractual que se trate.

6.En los artículos rebajados que presenten reducción de precio, deberá figurar con claridad en las etiquetas, en cada uno de ellos, elprecio anterior junto con el precio reducido.

7.En los artículos rebajados que presenten una reducción porcentual del precio, basta con el anuncio genérico de éste, sin necesidad de que cosnte el precio reducido en cada artículo rebajado.