DOE 225, PUBLICADO EL 23 /11/11:

Días festivos de apertura autorizada para establecimientos comerciales:

1. En el año 2012 los establecimientos comerciales radicados en Extremadura podrán permanecer

abiertos al público ocho (8) domingos y festivos. Estos días corresponderán a las

siguientes fechas:

— 8 de enero, 5 de abril, 1 de julio, 12 de octubre, 8 de diciembre, y 23 de diciembre.

— Otros dos a determinar por las Corporaciones Locales, a su criterio y conveniencia.

2. Las dos fechas a determinar por las Corporaciones Locales deberán ser notificadas a la

Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa

e Innovación antes del 15 diciembre de 2011. A falta de notificación serán consideradas

como tales las dos fiestas locales determinadas para cada Municipio y que figuren en el

Calendario Laboral Oficial de Fiestas para la Comunidad Autónoma durante el año 2012.